Abril es el mes para presentar la declaración anual para personas físicas. Y en este contexto cabe preguntarse: ¿Si tengo algún tipo de inversión también necesito incluirlas en mi declaración de impuestos? La respuesta es sí.
En México, los intereses obtenidos por inversiones generan obligaciones fiscales que deben declararse cada año. Esto lo estipulan los artículos 151 y 185 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR). El monto del impuesto dependerá del rendimiento y tipo de inversión. Sin embargo, ¿el pago de los impuestos aplica para todo tipo de inversiones?
Existen cierto tipo de inversiones que por sus objetivos y características pueden obtener un beneficio fiscal, ya sea la exención del impuesto, su deducción o diferimiento, con la finalidad de disminuir la carga fiscal del contribuyente. ¿Y cuáles son este tipo de inversiones?
Una de las inversiones más conocidas con beneficio fiscal son los fondos para el retiro. Pero, no son las únicas, ya que también existen: los planes personales para el retiro, las aportaciones voluntarias, con perspectiva de largo plazo o complementarias de retiro y, también, los fondos especializados para el retiro; algunos de estos, inclusive, están libres de impuestos.
Cabe aclarar que para que alguna de este tipo de inversiones alcance el beneficio fiscal esperado se deben cumplir ciertas condiciones. Por ejemplo, existe un límite de impuestos a deducir, una edad mínima para retirar la inversión y la condición de no realizar retiros parciales, ni anticipados.
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El Coronavirus, COVID-19, ha impactado a las economías mundiales. Pero ¿cuáles son las raices de este impacto y los pronósticos para los mercados?